Dialogamos con Antonio Ruiz, quien nos comenta la situación de una Jefa de Familia, quien enviudo y aguarda su subsidio de contención de su marido fallecido.

Se trata del fallecimiento de un empleado municipal, que falleció en Julio de 2020, este Sr. F.A, falleció y su Sra, también empleada municipal, aun no pudo cobrar su subsidio por fallecimiento articulada en la ley 2286, en el art 23, que contempla estas situaciones, donde se encuadra esta situación, obviamente la Sra justifico la situación de herederos, se presentaron los papeles en septiembre y no existió ningún tipo de respuesta hasta el dia de hoy. La Sra, pregunto como sigue el tema, teniendo en cuenta que el fallecido y su Sra, son afiliados al SITRAM, por esto enviaremos una nota.

No tengo presente el monto, suma que se distribuye entre los heredos, la sra y sus hijos naturales, suma que se debería haber abonado ya dentro de los 30 dias del desenlace, el compañero falleció el 31 de julio, la sra, presento al documentación el 4 de septiembre. Ella se presento, pidió hablar con secretarios, con la intendenta, y nadie la atendió; el Secretario de hacienda le dijo que la iban a llamar, pero aun no se comunicaron.

El SItram exigirá que agilicen la situación, ya que la documentación fue entregada en tiempo y forma.